Con la intención de precisar y fortalecer los supuestos que configuran la razón de género en el delito de Feminicidio, la diputada local Marina Edith Ramírez Andrade presentó ante el Pleno del Congreso Local, iniciativa con proyecto de punto decreto, mediante el cual se adicionan las fracciones X, XI Y XII al artículo 337 Bis del Código Penal para el estado de Tamaulipas.
Los nuevos elementos propuestos por la legisladora tamaulipeca son:
X.- La víctima se encuentre en situación de trata de personas, XI.- la víctima se encuentre en situación de calle o se dedique a alguna actividad de riesgo que haga suponer que se encuentra expuesta a la violencia de género y XII.- la víctima se encuentre en situación de embarazo.
Lo anterior considerando que: El feminicidio no puede comprenderse solo como la privación violenta de la vida de una mujer, sino como la culminación de una serie de violencias toleradas socialmente, que derivan de la desigualdad estructural, por ello, el derecho penal debe evolucionar a la par de las realidades sociales y reconocer los nuevos contextos en los que se manifiesta la violencia de género y la presente iniciativa busca precisamente eso, dar visibilidad jurídica a los entornos donde las mujeres son más vulnerables y asegurar que el Estado cumpla con su deber de protección, investigación y sanción efectiva de la violencia feminicida.
Porque cada mujer merece vivir sin miedo, y el Estado tiene la obligación de garantizarlo, queremos que se investiguen con justicia los casos donde la víctima estaba embarazada, era víctima de trata de personas, o vivía en situación de calle o riesgo, se trata de proteger mejor, de tener una ley más humana, más sensible y más justa, es el meollo de esta iniciativa que busca se reconozcan y adicionen más razones de genero al delito de Feminicidio en Tamaulipas, subrayó.
El crecimiento de este delito en el país es alarmante y en Tamaulipas están detectadas condiciones lamentablemente muy favorables para que produzcan más feminicidios que rebasen la estadísticas de 20 a 30 casos por año, lo que sugiere la necesidad de adaptar a las causales de este delito, circunstancias que han venido coincidiendo para dejar a las víctimas en condiciones de alta vulnerabilidad.
Esta iniciativa busca fortalecer los supuestos que configuran la razón de género, con base en los estándares de debida diligencia y enfoque diferenciado que establecen la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención de Belém do Pará, de las cuales México es Estado Parte, dichos instrumentos imponen la obligación de adoptar todas las medidas necesarias, incluidas las legislativas, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, en especial aquella que afecta a grupos en mayor situación de vulnerabilidad”.